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SJF · Tesis

Los agravios en la revisión fiscal son inoperantes cuando las autoridades recurrentes no combaten la totalidad de los razonamientos conforme a los cuales la Sala fiscal estimó fundados diversos conceptos de nulidad, pues al no desvirtuar cada consideración por separado, la sentencia impugnada queda firme.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 jul 1993
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Los agravios en la revisión fiscal son inoperantes cuando las autoridades recurrentes no combaten la totalidad de los razonamientos conforme a los cuales la Sala fiscal estimó fundados diversos conceptos de nulidad, pues al no desvirtuar cada consideración por separado, la sentencia impugnada queda firme.

Resumen

En la revisión fiscal, si el Tribunal Fiscal de la Federación examina todos los conceptos de nulidad y estima fundados algunos, pero la autoridad recurrente no combate todos los razonamientos que sustentan dichos conceptos fundados, los agravios resultan inoperantes. Esto se debe a que la falta de impugnación de cada fundamento por separado impide demostrar la ilegalidad de la sentencia, la cual, por ende, queda firme.

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