Los agravios no son inoperantes cuando controvierten sólo una parte de la sentencia recurrida, si la argumentación combatida reviste autonomía.
Se establece que cuando una sentencia se sustenta en consideraciones diversas y desvinculadas, los agravios que combaten únicamente una de ellas no deben considerarse inoperantes. Esto se debe a que, al tener autonomía los razonamientos, el recurrente tiene la facultad legal de impugnar solo la parte de la sentencia que considere perjudicial a sus intereses.
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