El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de una empresa es de naturaleza laboral, y el reenvío a la Ley del Impuesto sobre la Renta para determinar la base de cálculo no lo transforma en fiscal, por lo que el juicio de amparo es procedente ante la incertidumbre sobre la vía fiscal.
El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de una empresa es un derecho laboral reconocido por la Constitución. Aunque la determinación de la base para esta participación se remite a la Ley del Impuesto sobre la Renta, esto no altera la naturaleza laboral del derecho. Por lo tanto, ante la incertidumbre sobre la procedencia del juicio fiscal para impugnar las resoluciones relativas a las objeciones de los trabajadores, el juicio de amparo resulta procedente, evitando que la técnica procesal se convierta en un obstáculo para la defensa de derechos constitucionales.
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