La notificación de un acto de fiscalización realizada conforme al procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación es legal cuando no existe un vínculo entre el contribuyente y la autoridad hacendaria.
El Tribunal Unitario confirma el auto de vinculación a proceso contra un imputado por el delito de expedición de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes. La defensa argumentó ilegalidad en la notificación, pero el tribunal determinó que, al no existir un vínculo entre el contribuyente y la autoridad, la notificación realizada conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación es legal. Al ser infundados los agravios, se confirma la resolución impugnada.
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