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26/2021NiegaCJF10ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito (2/4/2001 - 15/11/2022)

La notificación de un acto de fiscalización realizada conforme al procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación es legal cuando no existe un vínculo entre el contribuyente y la autoridad hacendaria.

Expediente
26/2021
Tribunal
Tribunal Unitario del Vigésimo Sexto Circuito (2/4/2001 - 15/11/2022)
Ponente
Eduardo Farías Gasca
Fecha
29 mar 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La notificación de un acto de fiscalización realizada conforme al procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación es legal cuando no existe un vínculo entre el contribuyente y la autoridad hacendaria.

Resumen

El Tribunal Unitario confirma el auto de vinculación a proceso contra un imputado por el delito de expedición de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes. La defensa argumentó ilegalidad en la notificación, pero el tribunal determinó que, al no existir un vínculo entre el contribuyente y la autoridad, la notificación realizada conforme al artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación es legal. Al ser infundados los agravios, se confirma la resolución impugnada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.