La expulsión de un extranjero sin respetar el debido proceso migratorio, al implicar una actividad administrativa irregular, puede dar lugar a la responsabilidad patrimonial del Estado.
El presente caso analiza si la expulsión de un extranjero, realizada sin observar las formalidades del debido proceso migratorio, puede configurar una actividad administrativa irregular que genere responsabilidad patrimonial para el Estado. Se determina que el hecho de que actos previos hayan sido o no reclamados en amparo indirecto no impide el análisis de su regularidad bajo el régimen de responsabilidad patrimonial. La expulsión, si se realiza de manera irregular, puede actualizar dicha responsabilidad, debiendo el Estado probar la regularidad de su actuar.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.