El principio de equidad tributaria se refiere al trato igualitario entre contribuyentes en la misma situación legal, no en relación con las facultades de la autoridad fiscal, y se relaciona con la creación de tributos, no con su extinción como la compensación.
El principio de equidad tributaria, consagrado en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución, no se transgrede por el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación al permitir que la autoridad fiscal compense de oficio sin mayores requisitos, mientras que los contribuyentes deben sujetarse a reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal. Esto se debe a que el principio de equidad se enfoca en el trato igualitario entre contribuyentes en situaciones análogas y limita al legislador en la creación de tributos, no en las formas de su extinción.
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