El informe final de auditoría de la cuenta pública, emitido por la Auditoría Superior del Estado, constituye un acto definitivo impugnable mediante juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa, aun cuando no haya sido aprobado por el Congreso del Estado.
La contradicción de tesis se centró en determinar si el informe final de auditoría de la cuenta pública, emitido por la Auditoría Superior del Estado, es un acto definitivo impugnable. Los Tribunales Colegiados contendientes analizaron la legislación aplicable y concluyeron que dicho informe sí constituye un acto definitivo que puede ser combatido en juicio de nulidad, independientemente de su aprobación posterior por el Congreso del Estado, pues es en ese informe donde se determinan las responsabilidades y se fincan créditos fiscales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.