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230/26-07-03-8ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Tercera Sala Regional en Jalisco

La identificación de los servidores públicos que levantan infracciones debe contener la clave de inscripción en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, de conformidad con la normativa aplicable.

Expediente
230/26-07-03-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
12 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La identificación de los servidores públicos que levantan infracciones debe contener la clave de inscripción en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, de conformidad con la normativa aplicable.

Resumen

Se demandó la nulidad de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. La parte actora argumentó que el servidor público no se identificó debidamente al momento de la emisión. El tribunal consideró fundado este argumento, ya que la credencial del agente no contenía la clave de inscripción en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, requisito indispensable según la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional. Por lo anterior, se declaró la nulidad de la boleta de infracción.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.