La revisión fiscal es improcedente cuando la Procuraduría Fiscal de la Federación no acredita la existencia de un perjuicio real y directo en el interés público.
La Procuraduría Fiscal de la Federación interpuso recurso de revisión fiscal contra una resolución que consideró perjudicial para el interés público. Sin embargo, el tribunal determinó que la Procuraduría no logró demostrar un perjuicio concreto y directo que justificara la procedencia del recurso. Por lo tanto, se declaró improcedente el recurso de revisión fiscal.
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