La Suprema Corte de Justicia de la Nación no analiza oficiosamente la constitucionalidad de las normas en el medio de impugnación electoral, al no ser este un instrumento de control concentrado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el medio de impugnación en materia electoral no es un instrumento de control constitucional concentrado. Por lo tanto, no existe la obligación de analizar oficiosamente la constitucionalidad de las normas aplicables en este tipo de procedimientos, a menos que sea planteado por las partes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.