La compensación de saldos a favor, prevista en el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, supera el test de proporcionalidad al ser una medida idónea, necesaria y estrictamente proporcional para alcanzar la finalidad de recaudación tributaria.
El tribunal colegiado determinó que el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, que regula la compensación de saldos a favor, es constitucional al superar el test de proporcionalidad. La medida es idónea para la recaudación, necesaria para el fin buscado y no excede lo estrictamente indispensable, protegiendo la hacienda pública sin vulnerar derechos de los contribuyentes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.