Los derechos por la expedición de copias certificadas y el cotejo de documentos deben ser proporcionales al costo que para el Estado representa la prestación del servicio, sin que puedan generar un lucro o ganancia, y deben ser equitativos para todos los que reciban el mismo servicio.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra disposiciones de las Leyes de Ingresos de los Municipios de Pánuco de Coronado y Nuevo Ideal, Durango, que establecían tarifas por la expedición de copias certificadas y el cotejo de documentos. La Corte determinó que dichas tarifas eran inconstitucionales por violar los principios de proporcionalidad y seguridad jurídica tributaria, al no guardar una relación razonable con el costo real del servicio para los municipios y generar incertidumbre en el monto a pagar.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.