La restitución al quejoso en el pleno goce del derecho fundamental violado, mediante el restablecimiento de las cosas al estado que guardaban antes de la violación, o la obligación de la autoridad de respetar la garantía y cumplir lo que exija, es un requisito para la procedencia del juicio de amparo cuando se concede la protección.
El juicio de amparo requiere que, en caso de ser favorable al quejoso, la sentencia produzca la restitución del derecho fundamental violado. Esto implica restablecer las cosas a su estado anterior si el acto es positivo, o bien, obligar a la autoridad a respetar la garantía y cumplir con lo que esta exija si el acto es negativo o una abstención. Este principio asegura que la concesión del amparo cumpla su propósito restitutorio.
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