La notificación personal de actos administrativos en materia fiscal requiere la debida circunstanciación del actuario, la cual debe ser congruente y detallada para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que las notificaciones de créditos fiscales fueron ilegalmente realizadas debido a inconsistencias en las actas circunstanciadas. Se acreditó que el notificador no acudió al domicilio correcto del contribuyente, incurriendo en discrepancias que violan los artículos 134 y 137 del Código Fiscal de la Federación. Por lo tanto, se declara la nulidad de dichas notificaciones y se tiene al actor como conocedor de los actos en una fecha posterior, lo que a su vez fundamenta la nulidad de las resoluciones impugnadas por falta de debida motivación.
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