El Poder Ejecutivo de un Estado no puede emitir un acuerdo para implementar operativos de seguridad pública y asegurar vehículos de transporte alternativo (moto-taxis) si dicho acuerdo invade la esfera de competencia municipal en materia de regulación del transporte público, la cual, si bien no está expresamente reservada a los municipios en la Constitución Federal, puede ser atribuida por las legislaturas locales, y en este caso, el acuerdo estatal no se ajusta al marco legal aplicable.
El Municipio de Cuauhtémoc, Colima, promovió controversia constitucional contra un acuerdo del Poder Ejecutivo estatal que autorizaba operativos para el aseguramiento de moto-taxis, argumentando invasión de su competencia municipal en materia de transporte. La Suprema Corte analizó la distinción entre tránsito y transporte, reiterando que el tránsito es competencia municipal mientras que el transporte es primordialmente estatal, aunque los municipios pueden intervenir en su regulación si las legislaturas locales así lo prevén. En este caso, se determinó que el acuerdo estatal invadía la esfera competencial municipal al regular aspectos del transporte alternativo sin la debida fundamentación y sin respetar las facultades municipales.
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