La suplencia de la deficiencia de la queja en materia penal no implica hacer procedente un recurso que no lo es, pues opera únicamente cuando el juicio o recurso es procedente, pero no al extremo de declarar la procedencia de lo improcedente.
El presente recurso de revisión se interpone en un juicio de amparo directo en materia penal. Si bien opera la suplencia de la deficiencia de la queja, esta no puede extenderse hasta el punto de hacer procedente un recurso que la ley expresamente no permite. La suplencia busca resolver la cuestión planteada y la legalidad del acto impugnado, pero no puede soslayar los requisitos de procedencia establecidos en la Constitución y las leyes.
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