El pago de las contraprestaciones pactadas en un contrato de arrendamiento, aun cuando se reclamen en un juicio posterior a la terminación del mismo, debe ser cubierto hasta la conclusión del asunto o el retiro de los bienes, a razón de la cantidad mensual acordada.
El asunto trata sobre el pago de rentas posteriores a la terminación de un contrato de arrendamiento. La parte actora reclama el pago de las mensualidades a partir de agosto de 2016 hasta la conclusión del juicio o el retiro de los equipos, basándose en el monto mensual acordado en el contrato original. Se busca establecer la obligación de pago de estas rentas posteriores.
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