La violación procesal que consiste en la negativa de la Junta de Trabajo a citar a los testigos ofrecidos por una de las partes, a pesar de que esta manifestó su imposibilidad para presentarlos directamente y expuso las razones justificadas para ello, deja en estado de indefensión a la parte quejosa y trasciende al resultado del fallo, al impedirle acreditar sus excepciones y defensas.
El Tribunal Colegiado concedió el amparo a la parte patronal debido a una violación procesal en el juicio laboral. La Junta de Trabajo se negó a citar a los testigos ofrecidos por la patronal, argumentando que no justificaba su imposibilidad de presentarlos directamente, a pesar de que la patronal expuso que los testigos solo comparecerían si eran citados por la autoridad para justificar su ausencia laboral. El Tribunal determinó que esta negativa dejó a la patronal en estado de indefensión y afectó el resultado del laudo, ya que le impidió probar sus excepciones, particularmente la inexistencia del vínculo laboral. Por lo tanto, se ordenó reponer el procedimiento para permitir el desahogo de la prueba testimonial.
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