El sobreseimiento procede cuando el quejoso no demuestra la existencia del acto reclamado.
Se sobresee el juicio de amparo promovido contra oficios emitidos por autoridades fiscales, al no acreditarse la existencia de dichos actos reclamados por la parte quejosa. La falta de notificación y la inexistencia del acto impiden el análisis de fondo, llevando a la conclusión de que el juicio debe sobreseerse.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.