InvestigaciónDocumento
En línea
OtroTCCTesis aislada✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La acción para solicitar la devolución de cantidades pagadas de más por concepto de impuestos no está sujeta a un plazo de quince días a partir de la liquidación, sino que se extingue por el transcurso de cinco años desde la fecha del pago.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 1995
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La acción para solicitar la devolución de cantidades pagadas de más por concepto de impuestos no está sujeta a un plazo de quince días a partir de la liquidación, sino que se extingue por el transcurso de cinco años desde la fecha del pago.

Resumen

El criterio establece que para solicitar la devolución de impuestos pagados en exceso, no es indispensable presentar la reclamación dentro de los quince días siguientes a la liquidación. Lo relevante es que la acción para solicitar dicha devolución no haya prescrito, la cual se extingue únicamente tras cinco años desde que se realizó el pago indebido.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.