La Ley General de Responsabilidades Administrativas es aplicable a los procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados con posterioridad al 19 de julio de 2017, aun cuando la conducta infractora haya ocurrido con anterioridad a esa fecha.
El presente caso analiza la aplicabilidad de la Ley General de Responsabilidades Administrativas cuando la conducta infractora ocurrió antes de su entrada en vigor (19 de julio de 2017), pero el procedimiento de responsabilidad administrativa se inició con posterioridad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, en estos supuestos, debe aplicarse la Ley General de Responsabilidades Administrativas, pues su objetivo es unificar y regular la totalidad de las actuaciones en materia de responsabilidades de servidores públicos, garantizando un trámite uniforme desde la investigación hasta la resolución.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.