La presunción de inexistencia de operaciones de una EFOS, que activa la reversión de la carga probatoria a la EDOS, desaparece si la resolución que incluyó a la EFOS en el listado de simulación de operaciones es declarada nula.
Se analiza la figura de la reversión probatoria a cargo de las empresas que deducen comprobantes fiscales (EDOS) cuando sus proveedores (EFOS) son incluidos en el listado de simulación de operaciones. Se establece que esta reversión opera solo si subsiste la presunción de inexistencia. Si la resolución que incluyó a la EFOS en dicho listado es anulada, desaparece el fundamento de la presunción y, por ende, la justificación para exigir a la EDOS acreditar la materialidad de las operaciones, lo cual protege los principios de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.