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1065/2025OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México

La competencia declinada por un juzgado de distrito en materia administrativa no debe ser aceptada por un juzgado de distrito en materia civil si el acto reclamado no emana de una autoridad jurisdiccional de carácter civil.

Expediente
1065/2025
Tribunal
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Ponente
Alejandro Dzib Sotelo
Fecha
13 oct 2025
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia declinada por un juzgado de distrito en materia administrativa no debe ser aceptada por un juzgado de distrito en materia civil si el acto reclamado no emana de una autoridad jurisdiccional de carácter civil.

Resumen

El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil determinó no aceptar la competencia declinada por un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa. La razón principal fue que el acto reclamado no fue emitido por una autoridad jurisdiccional de carácter civil, sino que derivaba de un procedimiento administrativo. Por lo tanto, se ordenó devolver los autos al juzgado de origen para que resuelva lo que en derecho corresponda.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.