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339/2024ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca· tema sin holding extraído

Los agravios formulados por la jefa de División de Amparos Fiscles del Instituto Mexicano del Seguro Social, en suplencia del Director General de dicho Instituto, fueron ineficaces: aunque se probó que el informe fue presentado en tiempo, ello no desvirtuó la omisión de contestar; y la petición de la quejosa en la red social “X” sí cumplía con los elementos para activar el derecho de petición conforme al artículo 8 constitucional y la jurisprudencia de la SCJN; en consecuencia, este Tribunal Colegiado de Circuito procedió a confirmar la resolución recurrida

Expediente
339/2024
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca
Ponente
Pedro Guerrero Trejo
Fecha
27 ago 2025
Materia
administrativa
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

Los agravios formulados por la jefa de División de Amparos Fiscles del Instituto Mexicano del Seguro Social, en suplencia del Director General de dicho Instituto, fueron ineficaces: aunque se probó que el informe fue presentado en tiempo, ello no desvirtuó la omisión de contestar; y la petición de la quejosa en la red social “X” sí cumplía con los elementos para activar el derecho de petición conforme al artículo 8 constitucional y la jurisprudencia de la SCJN; en consecuencia, este Tribunal Colegiado de Circuito procedió a confirmar la resolución recurrida

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