La valoración de las pruebas en el proceso penal debe ser exhaustiva y congruente, debiendo la autoridad judicial ponderar todos los elementos de convicción ofertados por las partes, para determinar la existencia del delito y la responsabilidad penal del acusado, sin que testimonios que no corroboran los hechos o que son insuficientes para desvirtuar la responsabilidad, puedan ser considerados para la absolución.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la suficiencia de las pruebas en un proceso penal, determinando que la autoridad judicial actuó correctamente al valorar los elementos de convicción. Se concluye que las pruebas ofertadas por la defensa, como los testimonios, resultaron insuficientes para desvirtuar la responsabilidad penal atribuida al acusado. Asimismo, se determina que no se vulneró el derecho a la legalidad y seguridad jurídica del quejoso, ya que el acto reclamado se emitió por escrito, con la debida fundamentación y motivación, y se analizó la calidad de perito de una testigo, así como la validez de sus dictámenes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.