InvestigaciónDocumento
En línea
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

La improcedencia del recurso de revisión fiscal se actualiza cuando la autoridad recurrente no expone razonamiento lógico-jurídico que justifique la importancia y trascendencia del asunto, requisitos de procedencia previstos en el artículo 250 del Código Fiscal de la Federación anterior.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 may 1991
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La improcedencia del recurso de revisión fiscal se actualiza cuando la autoridad recurrente no expone razonamiento lógico-jurídico que justifique la importancia y trascendencia del asunto, requisitos de procedencia previstos en el artículo 250 del Código Fiscal de la Federación anterior.

Resumen

El presente criterio establece la improcedencia del recurso de revisión fiscal cuando la autoridad recurrente no logra justificar la importancia y trascendencia del asunto. Se aclara que no es posible aplicar el tercer párrafo del artículo 248 del Código Fiscal de la Federación vigente, debido a las disposiciones transitorias de las reformas de 1988, que remiten al Código anterior para los recursos en trámite.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.