InvestigaciónDocumento
En línea
2355/2013NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

El juicio de amparo es improcedente cuando la concesión del amparo no puede producir la restitución al agraviado en el pleno goce de la garantía individual violada, al existir imposibilidad jurídica para concretizar los efectos restitutorios de la sentencia, como ocurre cuando se reclama la devolución de pagos realizados en cumplimiento de una norma vigente y eficaz, y no se acreditan pagos posteriores a la presentación de la solicitud de devolución.

Expediente
2355/2013
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 ene 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El juicio de amparo es improcedente cuando la concesión del amparo no puede producir la restitución al agraviado en el pleno goce de la garantía individual violada, al existir imposibilidad jurídica para concretizar los efectos restitutorios de la sentencia, como ocurre cuando se reclama la devolución de pagos realizados en cumplimiento de una norma vigente y eficaz, y no se acreditan pagos posteriores a la presentación de la solicitud de devolución.

Resumen

El presente asunto versa sobre la improcedencia de un juicio de amparo promovido contra la negativa de devolución de pagos realizados por concepto de derechos de edificación e impuesto sobre negocios jurídicos. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, si bien el Tribunal Colegiado omitió el estudio de la inconstitucionalidad de los artículos 46 y 54 de la Ley de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco, dichos argumentos resultan ineficaces. Esto se debe a que la finalidad del amparo es la restitución al estado anterior a la violación de garantías, y en este caso, los pagos se realizaron en cumplimiento de una norma vigente y eficaz, sin que se acrediten pagos posteriores a la solicitud de devolución. Por lo tanto, existe una imposibilidad jurídica para concretizar los efectos restitutorios del amparo, lo que conduce a su improcedencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.