El juicio de resolución exclusiva de fondo permite al contribuyente controvertir aspectos sustantivos de la determinación fiscal, incluso si la resolución se originó por incumplimientos formales, siempre que se acredite que no hubo omisión en el pago de contribuciones.
La Sala Especializada en Materia del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo analizó la procedencia de los conceptos de impugnación en un juicio de esta naturaleza. Determinó que, si bien el juicio se enfoca en el fondo, los argumentos sobre vicios formales o de procedimiento son inatendibles si no trascienden al fondo. Sin embargo, se permite al contribuyente controvertir aspectos sustantivos, incluso si la resolución se originó por incumplimientos formales, siempre que acredite que no hubo omisión en el pago de contribuciones.
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