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310/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Los Tribunales Colegiados de Apelación carecen de competencia para conocer del juicio de amparo indirecto promovido contra actos de uno de sus pares del mismo órgano jurisdiccional, con independencia de que el juicio constitucional, por regla general, deba sustanciarse y resolverse de manera unitaria.

Expediente
310/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
12 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los Tribunales Colegiados de Apelación carecen de competencia para conocer del juicio de amparo indirecto promovido contra actos de uno de sus pares del mismo órgano jurisdiccional, con independencia de que el juicio constitucional, por regla general, deba sustanciarse y resolverse de manera unitaria.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Apelación respecto a la competencia para conocer de juicios de amparo indirecto contra actos de otro magistrado del mismo tribunal. Se determina que los Tribunales Colegiados de Apelación no son competentes para conocer de estos amparos, ya que la Ley de Amparo establece reglas específicas para la substanciación y resolución de dichos juicios, las cuales deben ser observadas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.