La notificación del inicio del procedimiento administrativo y la oportunidad de ofrecer pruebas y formular alegatos son formalidades esenciales del procedimiento que garantizan el derecho de audiencia.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la notificación del acuerdo de emplazamiento, así como las constancias de notificación exhibidas por la autoridad, acreditan que el actor fue debidamente notificado del inicio del procedimiento administrativo. Al no controvertir el actor la legalidad de dicha notificación durante la ampliación de la demanda, se confirma la presunción de legalidad de la misma, y por ende, no se violó su garantía de audiencia. En consecuencia, se reconoció la validez de la resolución impugnada.
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