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372/2026NiegaJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala

La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso contra el acto y autoridad responsable precisados, al resultar infundados e inoperantes los conceptos de violación.

Expediente
372/2026
Tribunal
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala
Ponente
Carlos Alberto Ávila Muñoz
Fecha
18 may 2026
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La justicia de la Unión no ampara ni protege al quejoso contra el acto y autoridad responsable precisados, al resultar infundados e inoperantes los conceptos de violación.

Resumen

El Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tlaxcala resolvió negar la protección constitucional solicitada por el quejoso. La negativa se fundamentó en que los conceptos de violación expuestos resultaron infundados e inoperantes, ya que no controvirtieron adecuadamente el acto reclamado y se basaron en afirmaciones sin sustento probatorio. Por lo tanto, se determinó que la justicia federal no debía conceder el amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.