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SJF · Tesis

La terminación unilateral del contrato de trabajo por el trabajador no requiere de la intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje para su validez, ni constituye acto de compensación, liquidación, transacción o convenio que deba celebrarse ante ella.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1950
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La terminación unilateral del contrato de trabajo por el trabajador no requiere de la intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje para su validez, ni constituye acto de compensación, liquidación, transacción o convenio que deba celebrarse ante ella.

Resumen

La terminación de la relación laboral por parte del trabajador, sin mediar acuerdo con el patrón, no requiere de la aprobación o intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje para ser válida. Ello, en virtud de que no se trata de un acto de compensación, liquidación, transacción o convenio que deba formalizarse ante dicha autoridad para surtir efectos legales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.