Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Son infundados los conceptos de violación porque, contrario a lo alegado, no operó la figura de la caducidad prevista en el artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; además, la autoridad demandada sí fundo su competencia para ejercer facultades de verificación e imponer multas, sin que se advierta que su redacción resultara complicada o difícil, que hiciera necesaria su transcripción. Asimismo, la autoridad demandada valoró los elementos de la individualización y proporcionalidad de la multa; por lo cual, la resolución cumple con los principios de fundamentación y motivación.
Por otra parte, son ineficaces los conceptos de violación porque la sala sí analizó que la orden de verificación cumpliera sus elementos de identificación (objeto, motivo, etcétera); así también se pronunció respecto de la legalidad de la resolución impugnada, en relación con la infracción atribuida; y, de la omisión de valor las manifestaciones y pruebas que hizo valer en el procedimiento administrativo. Aspectos, que no combate en esta instancia.
Por último, son inoperantes los restantes argumentos por novedosos, pues no fueron propuestos en la demanda de nulidad y, por tanto, la sala no se pronunció al respecto.
Expediente
169/2026
Tribunal
Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Gustavo Roque Leyva
Fecha
15 jul 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Son infundados los conceptos de violación porque, contrario a lo alegado, no operó la figura de la caducidad prevista en el artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; además, la autoridad demandada sí fundo su competencia para ejercer facultades de verificación e imponer multas, sin que se advierta que su redacción resultara complicada o difícil, que hiciera necesaria su transcripción. Asimismo, la autoridad demandada valoró los elementos de la individualización y proporcionalidad de la multa; por lo cual, la resolución cumple con los principios de fundamentación y motivación.
Por otra parte, son ineficaces los conceptos de violación porque la sala sí analizó que la orden de verificación cumpliera sus elementos de identificación (objeto, motivo, etcétera); así también se pronunció respecto de la legalidad de la resolución impugnada, en relación con la infracción atribuida; y, de la omisión de valor las manifestaciones y pruebas que hizo valer en el procedimiento administrativo. Aspectos, que no combate en esta instancia.
Por último, son inoperantes los restantes argumentos por novedosos, pues no fueron propuestos en la demanda de nulidad y, por tanto, la sala no se pronunció al respecto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.