La resolución que confirma un crédito fiscal es ilegal cuando la autoridad fiscal, al emitir la determinación, exige el pago inmediato de las contribuciones, recargos y multas, contraviniendo lo pactado en un acuerdo conclusivo que autorizaba el pago en 36 parcialidades y la condonación de multas, sin que se haya acreditado el incumplimiento de la contribuyente a dicho acuerdo.
La Novena Sala Regional en la Ciudad de México declaró la nulidad lisa y llana de una resolución que confirmó un crédito fiscal. La actora impugnó la confirmación de un crédito fiscal por concepto de Impuesto sobre la Renta e Impuesto Empresarial a Tasa Única para el ejercicio fiscal de 2011. La Sala determinó que la autoridad fiscal actuó ilegalmente al exigir el pago inmediato del crédito fiscal, contraviniendo lo pactado en un acuerdo conclusivo previo que permitía el pago en 36 parcialidades y la condonación de multas, sin que la contribuyente hubiera incumplido dicho acuerdo.
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