La justicia de la Unión no ampara ni protege a la empresa quejosa respecto del acto que reclamó en la demanda de amparo.
El Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito resolvió el recurso de revisión interpuesto en el expediente 257/2019. En su resolución, el tribunal revocó la sentencia recurrida y determinó que la justicia de la Unión no ampara ni protege a la empresa quejosa respecto del acto reclamado. Adicionalmente, declaró infundada la revisión adhesiva. El asunto se incluyó en la estadística de asuntos de constitucionalidad de leyes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.