InvestigaciónDocumento
En línea
1251/2021ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

El principio de legalidad tributaria exige que la aplicación de las disposiciones fiscales se ciña estrictamente a la ley, sin que las normas administrativas puedan excederla o justificarse mediante interpretaciones teleológicas que no se encuentren plasmadas en el ordenamiento legal.

Expediente
1251/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS
Fecha
18 ago 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El principio de legalidad tributaria exige que la aplicación de las disposiciones fiscales se ciña estrictamente a la ley, sin que las normas administrativas puedan excederla o justificarse mediante interpretaciones teleológicas que no se encuentren plasmadas en el ordenamiento legal.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la legalidad de la cancelación de la renovación al Registro en el Esquema de Certificación de Empresas. Se determinó que la impugnación de la regla 7.1.2. de las Reglas Generales de Comercio Exterior no fue extemporánea, ya que el primer acto de aplicación que causó un agravio real a la empresa fue la resolución de cancelación, y no la solicitud de renovación. Además, se estableció que la restitución de créditos fiscales derivada de la cancelación de la certificación no está prevista en el artículo 28-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y que las reglas administrativas no pueden ir más allá de lo establecido en la ley, ni justificarse con interpretaciones teleológicas que carezcan de sustento legal, en observancia del principio de legalidad tributaria.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.