La Declaración Informativa Local de Partes Relacionadas, para ser considerada completa y cumplir con el requisito de fondo establecido en el artículo 76-A, fracción II, de la Ley del ISR, debe presentarse en idioma español y contener la documentación que acredite la aplicación del principio de libre competencia en operaciones con partes relacionadas, conforme a los artículos 179 y 180 de la misma ley.
El criterio establece que la Declaración Informativa Local de Partes Relacionadas, para cumplir con el requisito de fondo del artículo 76-A, fracción II, de la Ley del ISR, debe ser presentada en español. Además, debe incluir la documentación que demuestre que las operaciones con partes relacionadas se realizaron bajo el principio de libre competencia, es decir, a precios y montos de contraprestaciones que se hubieran utilizado con partes independientes en operaciones comparables, conforme a los artículos 179 y 180 de la Ley del ISR.
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