El principio de proporcionalidad tributaria se viola cuando la autoridad fiscal interpreta que las erogaciones, para ser deducibles y el IVA acreditable, deben generar un beneficio o ingreso efectivo, sin considerar la intención del contribuyente y la naturaleza de flujo del IVA.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la interpretación de la autoridad fiscal sobre la deducibilidad de erogaciones y el acreditamiento del IVA. La autoridad consideraba que una erogación debía generar un beneficio o ingreso real para ser deducible y el IVA acreditable. La Corte determinó que esta interpretación viola el principio de proporcionalidad tributaria, ya que impide el acreditamiento y deducción de erogaciones estrictamente indispensables y relacionadas con la actividad del contribuyente, aun cuando no hayan generado ingresos en el periodo de causación, ignorando la naturaleza de flujo mensual del IVA.
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