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608/26-11-02-9-STNiegaTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en el Estado de México I

La declaratoria de nulidad de una resolución administrativa no procede si las violaciones formales cometidas por la autoridad no trascienden al sentido del fallo ni irrogan perjuicio jurídico al particular.

Expediente
608/26-11-02-9-ST
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
8 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La declaratoria de nulidad de una resolución administrativa no procede si las violaciones formales cometidas por la autoridad no trascienden al sentido del fallo ni irrogan perjuicio jurídico al particular.

Resumen

En el presente juicio de nulidad, la Segunda Sala Regional en el Estado de México I determinó que, si bien la autoridad demandada incurrió en una violación formal al no notificar el emplazamiento dentro del plazo legal establecido, esta irregularidad no invalidó la resolución impugnada. Lo anterior, debido a que el particular tuvo conocimiento de la resolución dentro del plazo legal y, por ende, no se actualizó la figura de caducidad ni se le causó un perjuicio jurídico que afectara sus defensas o el sentido del fallo. Por lo tanto, se reconoció la validez de la resolución impugnada.

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