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SJF · Tesis

El reconocimiento de la relación laboral por parte de un codemandado en un juicio laboral es insuficiente para eximir de responsabilidad a los demás, debiendo analizarse la solidaridad o responsabilidad individual de cada uno con base en los hechos y pruebas.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jul 2000
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El reconocimiento de la relación laboral por parte de un codemandado en un juicio laboral es insuficiente para eximir de responsabilidad a los demás, debiendo analizarse la solidaridad o responsabilidad individual de cada uno con base en los hechos y pruebas.

Resumen

En un juicio laboral donde la parte trabajadora reclama prestaciones de varios demandados, el reconocimiento de la relación laboral por uno de ellos no exime automáticamente a los demás. La determinación de la responsabilidad, ya sea solidaria o individual, debe basarse en un análisis detallado de los hechos, las pruebas y las excepciones presentadas, conforme a los artículos 841 y 842 de la Ley Federal del Trabajo. Esto evita que la insolvencia de un demandado deje desprotegida a la parte actora.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.