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SJF · Ejecutoria

La competencia para conocer de los procesos penales iniciados con posterioridad a la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, aun cuando se basen en reglas del sistema tradicional, corresponde a los Jueces Especializados en el Sistema Penal Acusatorio.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
30 oct 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia para conocer de los procesos penales iniciados con posterioridad a la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, aun cuando se basen en reglas del sistema tradicional, corresponde a los Jueces Especializados en el Sistema Penal Acusatorio.

Resumen

La contradicción de tesis aborda la competencia para conocer de procesos penales iniciados bajo el sistema tradicional pero con posterioridad a la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se establece que los Jueces Especializados en el Sistema Penal Acusatorio son competentes, independientemente de que el proceso haya iniciado conforme a las reglas del sistema anterior. Esto se fundamenta en el principio de que la ley procesal aplicable es la vigente al momento de la continuación del proceso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.