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168/2017TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La creación de organismos descentralizados municipales para la planeación urbana requiere la aprobación del Congreso del Estado, conforme a la Ley de Gobierno Municipal.

Expediente
168/2017
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
9 ago 2021
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La creación de organismos descentralizados municipales para la planeación urbana requiere la aprobación del Congreso del Estado, conforme a la Ley de Gobierno Municipal.

Resumen

La controversia constitucional se centró en la negativa del Congreso de Nuevo León para aprobar la creación del Instituto Municipal de Planeación Urbana de San Pedro Garza García. El Municipio argumentó que dicha negativa, basada en la Ley de Gobierno Municipal, vulneraba su autonomía y las facultades que le otorga el artículo 115 constitucional para organizar su administración pública. Sin embargo, el Tribunal Pleno determinó que la Ley de Gobierno Municipal, al establecer la necesidad de aprobación estatal para la creación de organismos descentralizados municipales, no contraviene la Constitución Federal, ya que las legislaturas estatales tienen la facultad de establecer las bases generales de la administración pública municipal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.