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429/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La pena impuesta por el delito de trata de personas, en la modalidad de compartir videograbaciones de menores en actos sexuales, debe ser proporcional al delito y al bien jurídico afectado, conforme al artículo 22 constitucional.

Expediente
429/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
13 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La pena impuesta por el delito de trata de personas, en la modalidad de compartir videograbaciones de menores en actos sexuales, debe ser proporcional al delito y al bien jurídico afectado, conforme al artículo 22 constitucional.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la proporcionalidad de la pena impuesta por el delito de trata de personas, específicamente en la modalidad de compartir videograbaciones de menores en actos sexuales. Se contrastó la sanción prevista en el artículo 16 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas con el principio de proporcionalidad de las penas establecido en el artículo 22 constitucional, a fin de determinar su regularidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.