Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se niega el amparo, porque el único concepto de violación es infundado, debido a que es congruente la condena que fue impuesta en la acción reconvencional, ya que de los hechos narrados en la reconvención se desprende que uno de los documentos base de la acción en que se sustentó, fue el contrato de arrendamiento de uno de octubre de dos mil dieciséis, que exhibió la hoy quejosa e hizo suyo el tercero interesado.
Expediente
401/2020
Tribunal
Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Ponente
Marco Polo Rosas Baqueiro
Fecha
17 jun 2021
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se niega el amparo, porque el único concepto de violación es infundado, debido a que es congruente la condena que fue impuesta en la acción reconvencional, ya que de los hechos narrados en la reconvención se desprende que uno de los documentos base de la acción en que se sustentó, fue el contrato de arrendamiento de uno de octubre de dos mil dieciséis, que exhibió la hoy quejosa e hizo suyo el tercero interesado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.