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2457/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La valoración de las pruebas recabadas durante la averiguación previa, para sustentar una sentencia condenatoria, debe realizarse en la etapa de instrucción y juicio, sin que sea dable trasladar automáticamente su valor probatorio, pues el Ministerio Público debe perfeccionar su pretensión punitiva con medios de prueba idóneos y suficientes que acrediten plenamente el delito y la responsabilidad penal del acusado, en observancia a los principios de debido proceso, presunción de inocencia, contradicción e inmediación.

Expediente
2457/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
7 feb 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La valoración de las pruebas recabadas durante la averiguación previa, para sustentar una sentencia condenatoria, debe realizarse en la etapa de instrucción y juicio, sin que sea dable trasladar automáticamente su valor probatorio, pues el Ministerio Público debe perfeccionar su pretensión punitiva con medios de prueba idóneos y suficientes que acrediten plenamente el delito y la responsabilidad penal del acusado, en observancia a los principios de debido proceso, presunción de inocencia, contradicción e inmediación.

Resumen

El asunto versa sobre la constitucionalidad de diversos artículos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas, los cuales, según el quejoso, vulneran los principios de debido proceso, seguridad jurídica y presunción de inocencia. El argumento central es que dichos preceptos no obligan al Ministerio Público a ofrecer pruebas suficientes en la etapa de instrucción para acreditar plenamente la pretensión punitiva, permitiendo que se utilicen las mismas pruebas que sustentaron el auto de formal prisión para dictar sentencia condenatoria, sin que estas hayan sido desahogadas ante el juez de la causa. La Suprema Corte analizó si la normativa impugnada permitía que el juez resolviera con pruebas no sometidas a los principios de inmediación y contradicción, y si se trasladaba automáticamente el valor probatorio de la averiguación previa a la etapa de juicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.