El pago realizado en cumplimiento de una resolución judicial libera al patrón de responsabilidad, y los derechos de terceros sólo podrán exigirse contra quienes recibieron el pago.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos directos de interés y trascendencia. En el caso de un pago efectuado en cumplimiento de una resolución, el patrón queda liberado de responsabilidad. Las personas que reclamen derechos con posterioridad a dicho pago solo podrán ejercer su acción contra los beneficiarios que lo recibieron.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.