La negativa lisa y llana de la existencia de trabajadores por parte de una sociedad cooperativa, durante el periodo fiscal por el que se determinó un crédito fiscal, constituye una cuestión de fondo que debe ser estudiada preferentemente por la Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, pues de resultar fundada, podría llevar a una nulidad lisa y llana del crédito fiscal, con mayor alcance que una nulidad por vicios formales.
La contradicción de tesis analizó si la negativa de una sociedad cooperativa de tener trabajadores durante un periodo fiscal, y por ende, de no estar obligada a realizar aportaciones al INFONAVIT, debía ser estudiada como una cuestión de fondo o de forma. El Pleno determinó que, al ser una negativa lisa y llana sobre la existencia de trabajadores, constituye una cuestión de fondo que, de ser probada, podría resultar en una nulidad lisa y llana del crédito fiscal, con un alcance mayor que una nulidad por vicios formales. Por ello, debe ser estudiada preferentemente.
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