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SJF · Tesis

La imposición de multas por autoridades fiscales resulta infundada si, al ser revocadas por el Tribunal Fiscal de la Federación, la autoridad recurrente en la revisión fiscal no cita como agravio ningún precepto legal concreto violado, ni demuestra que las consideraciones del Tribunal contravengan alguna ley aplicable o que se haya dejado de aplicar una que lo sea.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1953
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La imposición de multas por autoridades fiscales resulta infundada si, al ser revocadas por el Tribunal Fiscal de la Federación, la autoridad recurrente en la revisión fiscal no cita como agravio ningún precepto legal concreto violado, ni demuestra que las consideraciones del Tribunal contravengan alguna ley aplicable o que se haya dejado de aplicar una que lo sea.

Resumen

La Procuraduría Fiscal de la Federación interpuso recurso de revisión fiscal contra una resolución del Tribunal Fiscal de la Federación que revocó una multa impuesta. La revisión fiscal se declaró infundada debido a que la autoridad recurrente no señaló agravios concretos ni demostró la contravención o inaplicación de leyes en la resolución del Tribunal. Por lo tanto, la imposición de multas sin la debida fundamentación en la impugnación resulta improcedente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.