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879/2016NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La acción de enriquecimiento ilegítimo es improcedente cuando se reclama la devolución, con carácter retroactivo, de los alimentos provisionales que fueron entregados a la ex cónyuge.

Expediente
879/2016
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
4 dic 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La acción de enriquecimiento ilegítimo es improcedente cuando se reclama la devolución, con carácter retroactivo, de los alimentos provisionales que fueron entregados a la ex cónyuge.

Resumen

El presente caso aborda la improcedencia de la acción de enriquecimiento ilegítimo para reclamar la devolución retroactiva de alimentos provisionales entregados a la ex cónyuge. El tribunal determinó que las violaciones procesales alegadas por el quejoso resultaron inoperantes, ya sea por no haber acreditado su aplicación o por incumplir con la carga procesal de precisar cómo trascendieron al resultado del fallo. Asimismo, se analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones del Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, concluyendo que la limitación al recurso de apelación en juicios orales civiles es válida al buscar la celeridad y eficacia en la impartición de justicia, y que el juicio de amparo constituye un medio de defensa adecuado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.