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2126/2014OtroJuzgado10ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México

El proceso legislativo de las normas fiscales que imponen la obligación de llevar contabilidad electrónica, al no prever un medio de defensa o impugnación para el contribuyente en contra de la preliquidación de impuestos, genera una afectación en sus derechos fundamentales, lo que justifica el amparo para el efecto de que dicha preliquidación no sea exigible mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Expediente
2126/2014
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México
Ponente
Ileana Moreno Ramírez
Fecha
7 nov 2016
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El proceso legislativo de las normas fiscales que imponen la obligación de llevar contabilidad electrónica, al no prever un medio de defensa o impugnación para el contribuyente en contra de la preliquidación de impuestos, genera una afectación en sus derechos fundamentales, lo que justifica el amparo para el efecto de que dicha preliquidación no sea exigible mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Resumen

El Juzgado de Distrito sobresee el juicio respecto de la aplicación de diversas disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas, así como actos de autoridades ejecutoras y legislativas. Sin embargo, niega el amparo contra varios artículos del Código Fiscal de la Federación, reglamentos y resoluciones misceláneas. Concede el amparo respecto al proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al considerar que la falta de un medio de defensa contra la preliquidación de impuestos viola los derechos fundamentales del contribuyente, impidiendo que dicha preliquidación se exija mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.